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Tras la sanción impuesta se disuelve la Unión de Taxistas del Aljarafe y nace A.P.T.A

El 10 de Febrero de 2014 nació A.P.T.A (Asociación Profesional del Trabajo Autónomo) (Taxi Radio Aljarafe) el nuevo nombre para los mismo integrantes y para el mismo fin que la antigua U.T.A. (Unión de Taxistas del Aljarafe). Es curioso pero tras la sanción impuesta por el Consejo de la Competencia de Andalucía de 51.255€ la reacción de esta asociación ha sido la de disolverse, eso si, creando una nueva con otro nombre pero con las mismas normativas y el mismo régimen sancionador por la que la U.T.A. fue sancionada. 

En la web de la agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía enumeran diez prácticas contra la competencia que conviene evitar en las asociaciones del Taxi, cosa que los integrantes de la actual A.P.T.A (La U.T.A. anteriormente) ni siquiera se han parado a valorar tras aprobar sus nuevas normas de trabajo.

taxistas del Aljarafe

A continuación podéis leer una de esas prácticas que dicha agencia recomienda evitar y que el A.P.T.A. a vuelto a introducir en sus normativas:

6.- Impedir o dificultar el desarrollo de actividades externas a la asociación.

En ocasiones las propias normas internas de la Asociación recogen expresamente claros comportamientos anticompetitivos imponiendo sanciones severas para aquellos miembros de la Asociación que las incumplan. 

Es el caso de prohibición de cualquier otra actividad a los miembros al margen de los servicios obtenidos a través de la emisora de radio taxi, tal y como ha ocurrido con la resolución sancionadora a la Unión del Taxi del Aljarafe

Esta asociación prohibió en su propio reglamento interno cualquier actuación que realizasen los asociados mediante la que pretendieran captar clientes de forma independiente a la emisora, sin razón suficiente que justificase dicha decisión e impidiendo que los consumidores pudieran elegir libremente a quienes querían que les prestara el servicio.

Dado que se trata de expedientes en trámite, aún no es posible referenciar concretamente los hechos ni las asociaciones concretas que motivan las siguientes conductas anticompetitivas, no obstante, se reflejan éstas sin citar a los presuntos infractores ya que sí han dado lugar a denuncias e incoación del correspondiente procedimiento inspector.

La U.T.A. recurrió dicha sanción pero ni siquiera han esperado a que el asunto se resuelva para proceder a crear una nueva asociación en la que presuntamente se esté cometiendo las mismas  prácticas por la que fueron sancionados.

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